La posibilidad de realizar una consulta popular para preguntar a los ecuatorianos para evitar la explotación petrolera en el Parque Nacional Yasuní, revivió gracias a la decisión de la Corte Constitucional (CC) de reenviar este proceso al Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que deberá pronunciarse sobre el tema.
Según el fallo de la CC, que aceptó la acción extraordinaria de protección presentada por el colectivo Yasunidos, el TCE violó el derecho al debido proceso de esta organización, al no aceptar la apelación que presentaron el 21 de enero del año pasado.
“En la sentencia, la Corte Constitucional declaró la violación del derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, luego de evidenciar que el fallo impugnado no cumplía con los estándares para una motivación suficiente”, informó la CC.
Como medida de reparación, se dejó sin efecto el fallo impugnado y se reenvió el expediente al Tribunal Contencioso Electoral para que vuelva a resolver el recurso de apelación del colectivo Yasunidos con observancia de las reglas del debido proceso.
En el 2014 el Consejo Nacional Electoral (CNE), liderado por Domingo Paredes, que posteriormente ejerció otros cargos en el Gobierno de Rafael Correa, negó el pedido de consulta popular de Yasunidos, porque se determinó que no habían cumplido con las firmas necesarias para que se apruebe esta solicitud.
Sin embargo, en 2018 un grupo de académicos de la Politécnica Nacional revisó las rúbricas presentadas por Yasunidos y verificó que sí habían cumplido con el requisito y que se habían anulado, irregularmente, alrededor de 200 mil firmas, de las 750 mil entregadas para respaldar la propuesta.
Pese a las pruebas entregadas por la comisión, el actual CNE, presidido por Diana Atamaint, se negó a aceptar las observaciones y volvió a negar el pedido de Yasunidos, los cuales recurrieron al TCE, que también negó su apelación, lo que les obligó acudir a la última instancia, que fue la Corte Constitucional.
Pedro Bermeo, representante legal de Yasunidos, puntualizó que actualmente es imposible que se revisen las firmas, pues han pasado siete años desde su presentación y estas han sido mezcladas con las de otros procesos electorales; los cual obligaría a que las autoridades del TCE y del CNE validen todas las rúbricas que presentaron en el 2014.