Jueces destituidos por la Judicatura deberán ser indemnizados

La destitución de 19 jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que no pasaron la evaluación del Consejo de la Judicatura (CJ) en el 2019 fue inconstitucional, así lo determinó la Corte Constitucional (CC), que en una sentencia estableció además que los magistrados deberán ser indemnizados.

Según el reglamento de la CNJ, los jueces nacionales solo podrán ser reemplazados durante la renovación parcial que se deber realizar cada tres años, por lo que el pleno de la CC calificó al reglamento que los retiró antes de tiempo como inconstitucional y determinó que con esta acción se vulneró la “seguridad jurídica” de los magistrados removidos.

“Si bien la remoción de jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia como efecto de su evaluación per se, no se contrapone a la garantía de inmovilidad, la inobservancia constitucional de la oportunidad para efectuar la evaluación sí es contraria a la evaluación jurídica”, se aseguró en el fallo.

Además, el juez constitucional Agustín Grijalva recalcó que lo actuado por el CJ fue una acción contraria a la independencia de poderes.

Sin embargo, los jueces del máximo órgano de justicia del país no fallaron a favor del retorno de los magistrados a sus cargos, pues esto violentaría el derecho de quienes ganaron estos puestos a través de concurso y además podría afectar a los fallos de estos, a los cuales se los calificó como legítimos. En su lugar, los jueces deberán ser indemnizados.

“Se dispuso que la jurisdicción contencioso-administrativa determine la reparación de las personas que consideren fueron vulnerados sus derechos (…) sin que esto signifique que puedan ser reintegrados a sus cargos, debido a que existen situaciones jurídicas consolidadas”, reza la sentencia de la CC.

Además, se precisó que la sentencia tiene efectos a futuro y reconoce la cosa juzgada de los cientos y miles de procesos resueltos por los conjueces temporales y los jueces nacionales designados en su reemplazo.

Según lo estableció un fallo de la CC emitido el 29 de julio del 2020, la reparación de un juez o funcionario que haya sido destituido por la Judicatura de forma irregular se calculará con base al sueldo que debía recibir desde el momento de su salida del cargo, más beneficios de ley.

Sin embargo, la actual sentencia de la CC establece que el monto de indemnización solo podrá calcularse con base a la indemnización que recibía al momento de su remoción y el tiempo que le faltaba a cada reclamante para cumplir sus tres años en funciones.

La Judicatura, a través de un comunicado, recalcó que la decisión de valorar a los jueces nacionales se tomó para acatar lo dispuesto por el Consejo de Participación Ciudadana (CPC) Transitorio, que estableció una evaluación inmediata; decisiones a su vez estaban avaladas por la Consulta Popular efectuada en 2018.

“Todo este proceso fue resultado de la decisión ciudadana expresada en la Consulta Popular del 4 de febrero del 2018, para reinstitucionalizar el país y en particular a la justicia”, señaló la entidad.

Andrés Mazza

Periodista y fotógrafo. Escribe sobre cultura, educación, migración y astronomía.

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