Minimalismo estatal

Las tres últimas administraciones del gobierno central han centrado su modelo de gestión en incrementar la eficiencia mediante la reducción del tamaño del Estado. Se han empleado distintos mecanismos: fusión de ministerios, supresión de partidas, eliminación de proyectos, entre otros, con el propósito de cumplir los parámetros establecidos en las cláusulas de los créditos suscritos con los principales organismos financieros internacionales.

En esta línea, el presidente Daniel Noboa dictó el Decreto Ejecutivo No. 60, en el cual dispone el inicio de la “fase estratégica para la reforma institucional” de la Función Ejecutiva.

Así, se observa cómo el Ministerio de Educación amplía su ámbito de acción al absorber a SENESCYT, Deporte y Cultura; o cómo el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) se fusiona con el Ministerio de Energía y Minas.

Desde muchos sectores se ha criticado esta decisión, incluso se ha llegado a calificarla de “inconstitucional”. Sin embargo, la Corte Constitucional se pronunció en 2024 sobre este tipo de atribuciones. Fue la Sentencia No. 69-20-IN/24, respecto a la fusión entre la Secretaría del Agua y el Ministerio del Ambiente. En dicha decisión, el alto tribunal señaló que el presidente de la República “…se encuentra facultado para modificar el funcionamiento y organización de las entidades dependientes de la función ejecutiva…”

Frente a ello, es claro que el Ejecutivo tiene la facultad de organizar y administrar la cosa pública. No obstante, más allá del alcance de la norma, existen aspectos que deben observarse: i) el cumplimiento del debido proceso y la aplicación objetiva de la Ley Orgánica de Integridad Pública; ii) si se insiste en la fusión del MAATE, podría hacerse con Agricultura o Turismo, pero no con el ente que regula petróleo y minería; y iii) la supresión de partidas debe responder al desempeño institucional y no a criterios políticos. (O)

Dr. Andrés Martínez

PhD en Estudios Políticos y Constitucionales por la Universidad de Alicante. Jurista de profesión. Director del Instituto de Investigaciones del Colegio de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito.

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