El rostro femenino de la crisis del agua

Aunque se trata de un elemento esencial para la vida, cada 22 de marzo recordamos el dilema que enfrentamos frente a un recurso como el agua que, pese a encontrarse en gran cantidad en el planeta, tiene un acceso y una disponibilidad limitados, más aún cuando persisten variables vinculadas con la desigualdad. 

En las últimas décadas, la regulación de los recursos hídricos ha experimentado un cambio drástico, tanto por el fortalecimiento de sus mecanismos de protección como por el papel que han desempeñado los tribunales internacionales y nacionales para garantizar el acceso de la población más vulnerable a este líquido vital. 

El lema de ONU Agua para 2026 es “Agua y género”, y no solo se relaciona con el rol que la mujer desempeña en el manejo y gestión del agua en los hogares y las comunidades, sino también con la importancia de su participación real, su incorporación en la toma de decisiones y el lugar que deben ocupar las profesionales del sector para eliminar la desigualdad en el acceso, no solo a nivel de cobertura, sino también en términos de inclusión. 

En este sentido, no es coincidencia que, en un sinnúmero de acciones judiciales orientadas a tutelar el acceso al agua como derecho humano y fundamental, hayan sido las mujeres quienes acudieron ante los tribunales. 

Puede citarse el caso de Colombia, Sentencia T-401/22, en el que la Corte Constitucional consideró que la empresa de acueducto vulneró el derecho de una mujer en condición de doble vulnerabilidad al cortar el servicio de agua potable. 

En Ecuador, destaca el caso de una adulta mayor con un hijo con discapacidad a su cargo, a quien una empresa pública de agua potable suspendió el servicio por falta de pago, Sentencia No. 232-15-JP/21. La Corte Constitucional consideró que la medida no fue proporcional, pues requería un tratamiento especial por tratarse de personas de atención prioritaria. Así, se ordenó reformar la ordenanza y condonar el pago. Como colofón, se estableció que la suspensión del servicio de agua potable no puede afectar el mínimo vital, especialmente en grupos de atención prioritaria. 

En este contexto, ya sea a través de acciones populares, gestión comunitaria, acciones judiciales, liderazgo político o aportes desde el ámbito profesional y académico, las mujeres tienen mucho que decir sobre la crisis hídrica, y avanzar exige abrir nuevos espacios y modificar las normas y políticas que impiden a niñas y mujeres alcanzar su potencial con sus ideas y aportes para enfrentar esta grave crisis de acceso al agua.

@andresmartmos

Dr. Andrés Martínez

Dr. Andrés Martínez

PhD en Estudios Políticos y Constitucionales por la Universidad de Alicante. Jurista de profesión. Director del Instituto de Investigaciones del Colegio de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito.