¿Habrá revocatoria?

Está corriendo el plazo pare que el Consejo Nacional Electoral (CNE) decida si entrega o no los formularios para la recolección de firmas, dentro del proceso para la revocatoria del mandato del Presidente de la República Daniel Noboa, solicitado por algunos sectores sociales y ciudadanos.

 A propósito de esto, la Constitución de la República de Ecuador (en el artículo 105) establece que: “Las personas en goce de sus derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de elección popular. La solicitud de revocatoria podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año para el que fue electa la autoridad cuestionada”

Es decir, la revocatoria del mandato de una autoridad no sólo es totalmente legal, sino absolutamente democrática, pues deja en manos del pueblo la decisión de revocar o no el mandato, pues el artículo 106 de la Constitución expresa que. “una vez que el CNE acepte la solicitud presentada por la ciudadanía, convocará en el plazo de 15 días a consulta popular para revocatoria del mandato”; revocatoria que, para el caso del Presidente o Presidenta de la República, “se requerirá la mayoría absoluta de los sufragantes”.

A pesar de esto, desde el Gobierno, y de sectores afines a este, se lleva adelante una campaña para cuestionar la posibilidad de que se ponga en práctica el proceso democrático de revocatoria; una situación que sólo se explicaría por el temor a que el pueblo se pronuncie mayoritariamente a favor de que se revoque el mandato presidencial. En este sentido, y considerando la falta de independencia del CNE frente al Gobierno, lo más probable es que este organismo termine negando la solicitud para llevar adelante el proceso de revocatoria.

Aún más, no sería sorprendente un pronunciamiento de este tipo por parte del CNE, ya que durante el Gobierno del Presidente GuillermoLasso, y también ante una solicitud para un proceso de revocatoria de éste, dicho organismo se negó a entregar los formularios para la recolección de firmas; una cuestión que no sólo desconoció un derecho político constitucional, sino que puso en entredicho la posibilidad de que democráticamente el pueblo pueda dirimir sobre la continuidad o no de un Presidente que había ido perdiendo la legitimidad social. (O)

Dr. Marco Salamea

Dr. Marco Salamea