58.998 contribuyentes han pagado la Patente Municipal: quiénes deben pagar y hasta cuándo

Ventanillas de atención a contribuyentes en el edificio municipal, ubicado en las calles Sucre y Benigno Malo. XCA

La Patente Municipal es un impuesto obligatorio para para personas naturales y jurídicas que realizan actividades económicas en el cantón Cuenca, incluso sin contar con un local físico.

Hasta el 30 de abril, 58.998 contribuyentes ya habían declarado y pagado este tributo, informó Andrés Morales, jefe de Rentas y Tributación del GAD Municipal. El catastro anual bordea los 65.000 contribuyentes.

Quiénes pagan la Patente Municipal

Morales explicó que el impuesto está establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) y aplica a actividades industriales, comerciales, inmobiliarias, profesionales o de servicios.

“Todas las personas que tienen una actividad económica en el cantón están obligadas a declarar y cancelar la patente”, señaló.

El experto en finanzas Roberto Escandón explicó que la obligación tributaria se genera cuando una persona mantiene actividad económica con RUC activo por más de 60 días.

“Si cerró el RUC antes de ese lapso, no genera impuesto”, afirmó.

El Municipio proyecta recaudar alrededor de 10 millones de dólares anuales por este impuesto y mantiene un nivel de cumplimiento cercano al 95 %.

Actividad comercial en distintos cantones

Morales señaló que el impuesto debe pagarse en cada cantón donde se desarrolla actividad económica. “Si un contribuyente tiene actividad comercial en Cuenca, Paute, Guayaquil u otros cantones, tiene que pagar la patente en cada jurisdicción”, explicó.

La declaración y el pago se pueden realizar de manera presencial o virtual. En trámite físico se atiende en las ventanillas municipales de la planta baja del edificio de la Alcaldía, en las calles Sucre y Benigno Malo.

En línea, el proceso se realiza a través de la plataforma “Cuenca en Línea”. El usuario debe registrarse, obtener una clave de acceso e ingresar a “Servicios Tributarios”, luego a “Declaraciones” y seleccionar la opción “Patente”.

Según datos de Rentas y Tributación, alrededor del 30 % de los contribuyentes ya utiliza la plataforma ‘Cuenca en Línea’ para declarar y pagar la Patente Municipal.

Plazos

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad tienen plazo hasta el 30 de junio para declarar y pagar la patente. En el caso de sociedades y contribuyentes obligados a llevar contabilidad, el vencimiento opera 30 días después de la declaración del impuesto a la renta.

El calendario tributario para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad se desarrolla entre el 23 de abril y el 14 de mayo, según el noveno dígito de la cédula o RUC. Para sociedades y personas obligadas a llevar contabilidad, el cronograma va del 27 de mayo al 11 de junio.

Cronograma tributario municipal

Desde el 1 de julio se generan multas y recargos por mora. “Empieza a correr el 3 % del impuesto causado, conforme lo establece el Código Tributario”, indicó Morales.

El pago de la patente también es requisito para la obtención de permisos de funcionamiento en dependencias como Control Municipal y Áreas Históricas.

Asimismo, la ordenanza establece que quienes inician actividades económicas deben tramitar la patente dentro de los 30 días posteriores a la obtención del RUC.

Morales aclaró que quienes suspendieron el RUC ya no están obligados a declarar ni pagar este impuesto. “Si el RUC está inactivo ya no existe el hecho generador de la obligación tributaria”, dijo. El Municipio mantiene un cruce de información con otras entidades para actualizar el catastro.

En los casos de contribuyentes que mantuvieron un RUC activo sin declarar la patente durante varios años, la administración municipal puede emitir obligaciones retroactivas de hasta cinco años.

Morales indicó que existen facilidades de pago para quienes registran deudas elevadas. La normativa exige cancelar al menos el 20 % del valor adeudado y el saldo puede diferirse hasta por dos años según lo acuerden las partes. (PNH)-(I)

Exoneraciones

La normativa contempla exoneraciones en el pago de la Patente Municipal para artesanos calificados, adultos mayores y entidades sin fines de lucro. En el caso de los adultos mayores, el beneficio aplica siempre que el patrimonio no supere las 500 remuneraciones básicas unificadas, conforme establece la ley.

Además de la patente, las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben cancelar el impuesto del 1,5 por mil sobre los activos totales. El pago de la patente también incluye automáticamente la tasa de seguridad ciudadana, según lo establece la ordenanza vigente.

Los pagos pueden efectuarse en instituciones financieras y puntos autorizados como Registro de la Propiedad, Farmasol EP, cooperativas de ahorro y crédito y la red Facilito, así como entidades financieras, entre otros establecimientos habilitados. (I)

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Patricia Naula Herembás

Patricia Naula Herembás

Licenciada en Comunicación Social con experiencia en medios tradicionales y digitales. Hace coberturas y redacción de temáticas de emprendimiento, empresarial, sociedad e interculturalidad.