La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) resolvió prorrogar hasta el 30 de junio de 2026 la vigencia y uso de las licencias de conducir que hayan caducado a partir del 30 de enero de este año. La medida consta en la Resolución ANT-ANT-2026-0022-R, emitida el 5 de marzo de 2026.
Según el documento, los ciudadanos cuyas licencias hayan vencido desde esa fecha podrán seguir conduciendo siempre que cumplan con ciertos requisitos. Entre ellos, deberán contar con el turno impreso obtenido a través de la página web institucional para realizar el trámite correspondiente y portar la licencia física caducada o, en caso de pérdida o robo, la denuncia presentada ante la autoridad competente.
La resolución también dispone que los organismos de control operativo de tránsito a nivel nacional verifiquen el cumplimiento de estas condiciones durante los controles, con el fin de no afectar los derechos de los ciudadanos.
Además, se establece que los exámenes psicosensométricos y otros documentos que constituyen requisitos previos para obtener por primera vez, renovar o duplicar una licencia de conducir —y que hayan caducado desde el 30 de enero de 2026— serán válidos hasta el 30 de junio del mismo año.
En el caso de los estudiantes graduados de cursos de conducción profesional, la ANT autorizó que la vigencia del título de conductor profesional para la brevetación se extienda hasta el 30 de abril de 2026, cuando su registro en el sistema informático de la institución caduque hasta el 9 de marzo.
La resolución también amplía por 30 días el plazo para que las escuelas de conducción profesionales, no profesionales y los centros de recuperación de puntos ingresen documentación como nóminas de alumnos matriculados, graduados o solicitudes de rectificación. (I)
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