Las mujeres desde el sexto mes de embarazo y durante el primer año de lactancia no serán multadas si no asisten a votar, así lo aprobó el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Las mujeres en estas condiciones podrán presentar su justificación y quedar exentas de multas por:
- No sufragar.
- No integrar una Junta Receptora del Voto; y,
- No asistir a las capacitaciones electorales.
Para realizar la justificación deberán presentar un certificado médico emitido por un profesional del Sistema Nacional de Salud en caso de embarazo, o el certificado de nacimiento de su hija o hijo durante el periodo de lactancia.
El CNE señaló que, con esta decisión fortalece la protección de los derechos de las mujeres embarazadas y garantiza el interés superior de los niños, en concordancia con las disposiciones constitucionales que reconocen a estos grupos como de atención prioritaria.












