Las personas y negocios que tengan problemas para pagar sus créditos por los efectos del fenómeno de El Niño podrán postergar sus cuotas hasta por 90 días. Así lo establece el Decreto Ejecutivo 529, firmado este 5 de noviembre de 2026 por el presidente Daniel Noboa.
Según el documento, los bancos, cooperativas y demás entidades de los sectores financieros público, privado y popular y solidario podrán aplicar un mecanismo «extraordinario y temporal» de diferimiento de obligaciones crediticias para los deudores afectados por el fenómeno climático. Las cuotas que correspondían a ese periodo podrán trasladarse al final de la tabla de amortización del crédito.
El decreto señala que este mecanismo no generará intereses moratorios, gastos, recargos ni multas. El diferimiento podrá pedirlo el deudor, pero deberá ser aceptado por la entidad financiera. También podrá ofrecerlo la propia entidad, siempre que el cliente lo acepte de forma expresa. La medida surtirá efecto desde el acuerdo entre ambas partes.
Pronunciamiento de la banca
Horas antes de conocerse el decreto, la Asociación de Bancos del Ecuador (Asobanca) anunció que los bancos privados darán alternativas a las familias y empresas cuya capacidad de pago se vea afectada por El Niño, ajustadas a la situación financiera de cada cliente.
El gremio pidió a los clientes afectados acercarse a su banco para acordar la opción más conveniente, «en el marco de la normativa vigente». Añadió que los bancos harán análisis de impacto para anticipar las necesidades de los clientes en las zonas donde se espera un mayor efecto del fenómeno, y que el proceso se hará priorizando el cuidado de los depósitos. (I)
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