Fuerzas Armadas tienen vía libre para apoyar a la Policía sin estado de excepción

Lo aprobado en referéndum por los ecuatorianos en abril del 2024, finalmente entrará en vigor, este 25 de agosto del 2026 el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica que Regula el Apoyo Complementario y Subsidiario de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) a la Policía Nacional, con la que se reforma el artículo 58 de la Constitución, que permite que los militares colaboren con la seguridad interna del país.

El 72,24 % de los ecuatorianos votaron hace más de dos años a favor de que los militares colaboren en el combate al crimen organizado y en la seguridad carcelaria, sin tener que recurrir constantemente a los estados de excepción, que deben ser calificados por la Corte Constitucional.

Una vez más, el oficialismo y el correísmo se enfrentaron verbalmente y se dividieron en la votación por este tema; por un lado, la Revolución Ciudadana (RC) argumentó un cambio irregular en el texto final, mientras que Acción Democrática Nacional (ADN) defendió que la normativa beneficiará a la seguridad en el país.

¿En qué casos se activa?

El apoyo complementario (colaboración excepcional, puntual y a corto plazo) y subsidiario (cuando la Policía se encuentra sobrepasado en su capacidad), solo se activará cuando los policías necesiten ayuda para el combate al crimen organizado.

Como el apoyo ya no requiere de la emisión de un estado excepción, tampoco se establece la suspensión de derechos constitucionales, ni autoriza a los militares a asumir funciones de seguridad ciudadana de manera autónoma.

El mecanismo solo se activa para los delitos de: narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas, tráfico de personas, terrorismo, minería ilegal y demás delitos conexos que conlleva el narcotráfico.

Pasos para aplicar la medida

Para que la medida se aplique, se requiere una solicitud de la Policía Nacional al presidente de la República, en la que demuestre que sus capacidades operativas han sido superadas y que la intervención militar es necesaria, para lo cual deberá precisar el territorio en el que se necesita la presencia de las FF. AA.

En caso de que la solicitud responda a una grave conmoción interna en el sistema penitenciario, se debe adjuntar de forma obligatoria un informe técnico del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI).

Posteriormente, el Comando Conjunto de las FF. AA. evaluará la necesidad y pertinencia del pedido y el presidente de la República convocará al Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe) para realizar el mismo tema, solo entonces, se emitirá el Decreto Ejecutivo de activación de la medida.

¿Por cuánto tiempo se aplicará la medida?

El tiempo que los militares apoyarán a los policías no podrá excederse de 180 días, con opción a una única de prórroga de 30 días, bajo un nuevo proceso de justificación de la extensión.

Adicionalmente, la decisión debe ser comunicada a la Asamblea Nacional y a la Corte Constitucional, dentro de un plazo máximo de 24 horas posteriores a la suscripción del decreto ejecutivo.

Los artículos que se borraron

Entre el informe para primer debate y el de segundo debate, que se aprobó, existiría una diferencia abismal, según la oposición; por lo que el correísmo se negó a dar sus votos para aprobar la reforma.

Según Paola Cabezas (RC), con esta normativa el Gobierno le está entregando a los militares “un cheque en blanco” para que se excedan, pues en el informe final de la ley, según la legisladora, se incluyeron artículos que establecen una reserva excesiva de la información y se eliminaron otros que definían las reglas para el uso progresivo de la fuerza, sobre todo, en el marco de la protesta social.

“Hay grandes militares, pero también hay de los otros; para esos, para los que torturan, para los que desaparecen, para los que hacen uso excesivo de la fuerza, se necesitan tener controles”, afirmó Cabezas.

Inés Alarcón (ADN) defendió su proyecto y explicó que los artículos que se eliminaron eran los que se duplicaban en otras leyes; además, aclaró que la nueva ley, con la que se cumple lo que decidieron los ciudadanos en las urnas, establece claramente cuál va a ser la actuación de la fuerza militar dentro de la seguridad interna.

  • El 21 de abril del 2024 se realizó el referéndum en el que se aprobó la reforma al artículo 158 de la Constitución, que permite que los militares colaboren con la Policía Nacional.
  • Con 83 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica que Regula el Apoyo Complementario y Subsidiario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional.
Andrea Salazar

Andrea Salazar

Periodista multimedia especializada en temas políticos, judiciales, económicos y de migración con enfoque nacional.