La Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional aprobó el cronograma para la sustanciación de la solicitud de juicio político en contra del presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, por presunto incumplimiento de funciones.
El pedido de juicio político es impulsado los asambleístas de la Revolución Ciudadana: Viviana Veloz, Raúl Chávez, Liliana Durán, Franklin Samaniego y Xavier Lasso Mendoza.
Según el cronograma aprobado por la Comisión, este martes 3 de febrero del 2026, a las 10:30, comparecerán los proponentes del juicio, los cinco legisladores del correísmo; y la parte cuestionada, Mario Godoy, para presentación de pruebas de cargo y descargo.
La sustanciación del juicio político concluirá el 15 de febrero del 2026, fecha en la que vence el plazo de cinco días para la presentación del informe motivado, en el cual la mesa legislativa recomendará el enjuiciamiento político o el archivo de la solicitud.
Sin embargo, el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa prevé la posibilidad de solicitar una prórroga de hasta cinco días adicionales.
Adicionalmente, a partir de este 3 de febrero, la Comisión iniciará la actuación de pruebas documentales y audiovisuales.
Según la matriz de contenido aprobada, se anunciaron 23 elementos probatorios, entre documentos, memorandos, certificaciones, enlaces de medios de comunicación, portales informativos y publicaciones en redes sociales.
Adicionalmente, se solicitaron 10 certificaciones y otros documentos de respaldo.
Las comparecencias
Desde el miércoles 4 de febrero, los comisionados receptarán las pruebas testimoniales solicitadas por las partes, que suman 19 comparecencias.
Entre los convocados constan jueces anticorrupción, incluido Carlos Serrano, cuya denuncia por presiones de cercanos a Godoy, para favorecer a narcotraficantes, inició este proceso.
Además, deberán acudir abogados, académicos y periodistas, quienes presentarán argumentos para sustentar la existencia de los hechos que configuran las causales del juicio político, así como para negar el presunto incumplimiento de funciones.











