Delincuencia y porte de armas

El presidente Guillermo Lasso sorprende al país al autorizar la tenencia y porte de armas de uso civil.

Esa resolución vino acompañada de la declaratoria del estado de excepción en la Zona 8, integrada por Guayaquil, Durán y Samborondón, y las provincias de Santa Elena y Los Ríos, víctimas de la violencia criminal.

Precisamente, aquellas son las justificaciones para haber modificado el decreto relacionado a la tenencia y el porte de armas de uso civil para defensa personal, incluyendo el gas pimienta en aerosol.

Eso implica, en la práctica, armar a la sociedad civil, previo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos tener buena salud mental y destrezas en el manejo de pistolas hasta el calibre 9mm; semiautomáticas con alimentadoras de hasta 10 proyectiles; revólveres hasta el calibre 38; y escopetas recortadas del calibre 10 al 410 o sus equivalentes.

La resolución desata variopintas reacciones, mezcladas con el tufillo político, amén de un posible motivo para desviar la atención ciudadana de la crisis política, como consecuencia del casi seguro enjuiciamiento político al presidente Lasso.

Podría ser señal de debilidad del Estado para enfrentar al enemigo común de los ecuatorianos: la inseguridad cuyo pico   llega a límites imaginables.

Presos del miedo, del pánico, de la impotencia, no muchos se quejan por la imposibilidad de portar armas, mientras los delincuentes, ni se diga los narcotraficantes, tienen armas de grueso calibre, mejores, inclusive, a las usadas por la Policía.

Un delincuente puede ser detenido si porta armas de manera ilegal. Ahora lo hará sin temor alguno. Un civil puede tenerlas si logra el permiso exigido. ¿Se “igualan las fuerzas”?

El civil, no así el delincuente, de usar el arma en legítima defensa, ¿cómo lo justificaría? ¿La usará de manera progresiva o “tirará a matar”?

El gobierno, ¿meditó, sopesó los pro y contra de su resolución? Cunden las preguntas. Sobre su efectividad, nadie podrá garantizarla.