La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) le impuso sanciones administrativas a la Liga Profesional de Fútbol del Ecuador (Ligapro) y a la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), por infracciones graves vinculadas con el tratamiento de datos personales en las aplicaciones Fan ID y Fan FEF, respectivamente.
La SPDP constató, en ambos casos, la existencia de una infracción grave prevista en el artículo 68 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP), relacionada con la falta de implementación de medidas administrativas, técnicas, físicas, organizativas y jurídicas suficientes para garantizar un tratamiento adecuado de la información privada de los ciudadanos.
En el caso de Ligapro, la SPDP declaró su responsabilidad administrativa y le impuso una multa de 259.644 dólares.
Ligapro también deberá informar a 14.398 titulares que su consentimiento no fue obtenido válidamente, además de eliminar dichos datos personales de todas las bases administradas por la entidad.
Mientras que, la SPDP determinó que la FEF tuvo responsabilidad administrativa y le impuso una multa de 194.856 dólares.
Además, la Federación deberá adecuar sus procesos internos mediante la actualización de su Registro de Actividades de Tratamiento, la implementación de una Política de Protección de Datos conforme con la LOPDP.
También debe notificar a los titulares respecto de la invalidez del consentimiento recabado y la eliminación de los datos tratados a través del aplicativo Fan FEF.
Fan ID es un sistema de identificación para los aficionados que asisten a los eventos organizados por LigaPro, para lo cual el hincha debe registrarse escaneando su cédula, proporcionando datos personales y haciendo una prueba de reconocimiento facial (foto).
Fan FEF es el sistema de la FEF, a través de la cual se venden entradas para los partidos de la selección nacional; para registrarse se requiere ingresar datos personales que, según la SPDP, no debieron solicitarse.












