Un juez de Cuenca emitió el 26 de enero de 2026 una providencia para que el alcalde Cristian Zamora comparezca en una audiencia con la intervención de la fuerza pública. Según el juzgador, la primera autoridad de Cuenca no ha justificado la inasistencia a cinco convocatorias que se le realizaron a él, por lo que ratificó que Zamora tiene que comparecer a través de la fuerza pública para garantizar su participación.
Por su parte, el alcalde, a través de X, se defendió esta tarde, asegurando que, de las cinco convocatorias que se le hicieron, tres de ellas fueron hechas «fuera de ley». Mientras que, las otras dos fueron justificadas como debía corresponder.
«La negligencia de su despacho o suya hizo que 3 notificaciones se hagan fuera de ley, a otros actores y NUNCA a mi, como demuestro documentalmente en los adjuntos. Tan cierto es lo que digo que se DECLARÓ nulidad por la incompetencia en notificar como corresponde. Una cuarta vez fui notificado como corresponde luego que corrigieron los errores de USTEDES, y una quinta vez justifiqué como corresponde en ley y ha sido ignorado violentando la norma de manera deliberada», escribió el alcalde de Cuenca.
Zamora agregó que el juez «usa el derecho en completa arbitrariedad» contra él como «ciudadano y como alcalde» de Cuenca por errores de él.
«El día de hoy también he oficiado al Consejo de la Judicatura Azuay demostrando lo que indico a que tomen administrativamente las acciones que correspondan en contra de los que abusan de la norma y que al final es culpa de ellos mismo, como en este caso con el señor Serrano», complementó Zamora.
¿Por qué se convoca al alcalde de Cuenca a audiencia?
Hace un poco más de una año, una exfuncionaria del Municipio de Cuenca presentó una querrela al alcalde Cristian Zamora después de haber sido desvinculada de un centro educativo municipal. La desvinculación llegó, según Zamora, porque la mujer habría maltratado a un menor de edad, cuyo padre presentó una queja en la Junta Cantonal de Derechos.
Aunque se hizo la denuncia contra el alcalde, según la autoridad, el proceso ya se encuentra prescrito. (I)
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