Quiénes deben pagar el Impuesto a la Salida de Divisas en Ecuador

El ISD se genera cuando las personas hacen compras en el exterior. Foto referencial
El ISD se genera cuando las personas hacen compras en el exterior. Foto referencial

Los ciudadanos en Ecuador que durante 2025 realizaron consumos en el exterior con tarjetas de crédito o débito por más de USD 5.188,26 deberán declarar y pagar el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en abril de 2026.

Este monto corresponde al límite anual exento fijado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) para los años 2025, 2026 y 2027. Si el total de consumos o retiros fuera del país supera ese valor, el excedente queda gravado con una tarifa del 5%.

La normativa establece que, en muchos casos, las entidades financieras actúan como agentes de retención; sin embargo, cuando no se ha retenido la totalidad del impuesto, el propio contribuyente debe realizar la declaración y el pago correspondiente dentro de los plazos establecidos en abril, según el noveno dígito de su cédula o RUC.

El ISD grava las transferencias, consumos o retiros de dinero hacia el exterior, incluyendo pagos en plataformas digitales, viajes o compras internacionales. El monto exento anual aplica a la suma total de consumos realizados con todas las tarjetas del titular.

¿Cómo se debe pagar?

Para cancelar el ISD se debe ingresar a www.sri.gob.ec, y acceder a SRI en línea. Luego se debe seleccionar el formulario de Impuesto a la Salida de Divisas (código 4584) de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC.

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Andrés Mazza

Andrés Mazza

Periodista y fotógrafo. Escribe sobre cultura, educación, migración y astronomía.