Empleados tienen hasta el 30 de junio para presentar un nuevo formulario de proyección de gastos personales

El SRI estableció un plazo para presentar el formulario de proyección de gastos personales. Foto creada con IA
El SRI estableció un plazo para presentar el formulario de proyección de gastos personales. Foto creada con IA

Los trabajadores bajo relación de dependencia tienen hasta el 30 de junio de 2026 para presentar un nuevo formulario de proyección de gastos personales ante sus empleadores, en caso de haber registrado cambios en sus ingresos, cargas familiares o previsiones de gastos durante el año.

El objetivo de este proceso es que las empresas puedan realizar la reliquidación y recalcular las futuras retenciones mensuales del Impuesto a la Renta correspondientes al segundo periodo fiscal de 2026, conforme a la resolución NAC-DGERCGC23-00000020 emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Los contribuyentes pueden proyectar gastos personales en rubros como alimentación, educación, arte y cultura, salud, vestimenta, vivienda y turismo nacional en establecimientos registrados. También se incluyen gastos relacionados con alimentación y atención médica de mascotas, así como intereses por préstamos quirografarios.

Además, el formulario permite actualizar información sobre ingresos adicionales, como sueldos y beneficios sociales de empleados que no estén vinculados a las actividades económicas del contribuyente.

El formulario de proyección de gastos personales para el periodo fiscal 2026 está disponible en el portal web del SRI: Servicio de Rentas Internas (SRI).

A quiénes se les puede incluir en las cargas familiares

La normativa vigente establece que las cargas familiares pueden incluir a padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos de hasta 21 años o con discapacidad de cualquier edad. Para aplicar este beneficio, estas personas no deben percibir ingresos gravados o, en caso de tenerlos, no deben superar un Salario Básico Unificado anual y deben depender económicamente del trabajador.

El SRI recordó que una misma persona no puede ser registrada como carga familiar por más de un contribuyente.

Para el año fiscal 2026, la rebaja por gastos personales será del 18 % sobre el menor valor entre los gastos proyectados y el valor de la canasta básica familiar de enero de 2026, fijada en USD 821,80. El monto de la rebaja variará según el número de cargas familiares registradas.

En los casos de contribuyentes o cargas familiares con discapacidad o enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, la rebaja también será del 18 %, calculada sobre el menor valor entre los gastos declarados y la canasta básica familiar multiplicada por 100. Para los residentes en Galápagos, el cálculo considerará el Índice de Precios al Consumidor Especial (IPCEG) de 1,803. (I)

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Andrés Mazza

Andrés Mazza

Periodista y fotógrafo. Escribe sobre cultura, educación, migración y astronomía.