En medio de la una ley que sanciona la mala utilización de los uniformes militares y policiales, la Comisión de Seguridad de la Asamblea Nacional incluyó una reforma a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, en cuyo artículo se permite la eliminación controlada de información clasificada.
El artículo 20 señala que, una vez que los informes estén concluidos y ejecutoriados, el contralor dispondrá la eliminación, destrucción o borrado de documentos físicos y digitales que contengan información confidencial o clasificada como reservada, secreta o secretísima.
Estos documentos podrán estar relacionados con procesos, actuaciones, exámenes especiales, auditorías o expedientes institucionales, los que deberán ser eliminados dentro del plazo máximo de 30 días calendario.
No podrá disponerse la eliminación o destrucción de información relacionada con procesos judiciales pendientes, investigaciones penales vigentes, responsabilidades civiles, administrativas o indicios de responsabilidad penal no prescritos.
La polémica surge, según lo hizo notar la asambleísta Jahiren Noriega, de la Revolución Ciudadana (RC), porque el artículo fue incluido en la norma a último momento, sin un debate previo.
“De la noche a la mañana, en medio de gallos y medianoche, como les encanta y acostumbran, aparece un artículo que nadie lo propuso, nadie lo debatió, ningún experto tuvo la capacidad de pronunciarse, porque mágicamente apareció en el informe para segundo debate”, afirmó Noriega.
Insisten sobre cambios en la Contraloría
Esta no es la primera ocasión que la bancada de Acción Democrática Nacional (ADN) intenta incluir una reforma al manejo de la información en la Contraloría, lo hizo también en la Ley de Inteligencia.
En esta norma se incluyó un artículo que regula los llamados «gastos especiales» de inteligencia y dispone que, una vez realizado el control trimestral por la Contraloría, la información sea incinerada y queden únicamente las actas del procedimiento.
Sin embargo, este artículo de la Ley de Inteligencia fue demandado ante la Corte Constitucional, organismo que lo suspendió provisionalmente, mientras se analiza su constitucionalidad.












