
Con 84 votos afirmativos, 62 negativos y dos abstenciones, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Integridad Pública, en la que se incluyeron reformas para endurecer las penas que deben cumplir los adolescentes, sanciones de por vida a los abogados y la posibilidad de expulsar a los extranjeros que incurran en delitos.
El debate de la norma no estuvo exento de polémica, incluso la presidencia de Niels Olsen fue apelada, por segunda ocasión en el actual período legislativo; el asambleísta Luis Molina, de la Revolución Ciudadana (RC), lo acusó de vulnerar el procedimiento parlamentario al permitir que Andrés Castillo, de Acción Democrática Nacional (ADN), incluya cambios a la norma durante el debate.
Finalmente, la apelación a la presidencia de Olsen no prosperó, por lo que retomó su función y llamó a votar por la normativa, la cual recibió el respaldo incluso de legisladores del correísmo, como Carlos Vargas, quien se pronunció a favor del aumento de las penas a los menores de edad, pues hace menos de dos semanas fue atacado por un adolescente de 15 años que casi lo asesina.
Cambios a varios cuerpos legales
Aunque la norma llegó a la Asamblea Nacional, de manos del presidente Daniel Noboa, con carácter económico urgente, con el nombre de Ley Orgánica de Integridad Pública y con el objetivo primordial de prevenir la corrupción en sistema de contratación; en la Comisión de Desarrollo Económico se le añadió otros temas y terminó reformando 18 normativas, incluido el endurecimiento de las penas a los adolescentes infractores.
Valentina Centeno, ponente de la norma, recalcó que la decisión de incluir en la ley las reformas a 18 cuerpos normativos se tomó porque se busca una solución integral al problema de violencia y corrupción que impera en el país.
“Nos hemos propuesto en la Comisión un objetivo ambicioso, reformar todos los aspectos que conlleven integridad en la gestión pública, esto habla de erradicar la violencia en las calles, de la rehabilitación de los menores infractores como un servicio público, de la forma en que se administra la justicia”, afirmó Centeno.
Penas endurecidas para los adolescentes
En el acápite en el que se reforma el Código de la Niñez y Adolescencia, se establece que, los adolescentes que incurran en delitos relacionados con asesinato, narcotráfico, minería ilegal, sicariato, trata de personas, tenencia y tráfico de armas, entre otros, podrá recibir penas de hasta 15 años de prisión, actualmente la sentencia máxima es de 10 años.
Para los delitos que en los adultos se juzga con hasta cinco años de prisión, en los menores se aplicará una pena de hasta dos años; para los de 10 años, la sanción al adolescente llega a cinco años; y para los de más de 10 años, en el menor puede llegar a 12 años de cárcel.
En caso el adolescente infractor colabore eficazmente con las autoridades en la investigación de la infracción, de tal manera que permita procesar penalmente a las personas que le incitaron o enseñaron a cometer un delito, la pena le será reducida a la mitad.
De acuerdo con las cifras del 2024, de enero a octubre de ese año la Policía Nacional detuvo a 3.086 menores de edad por diversos crímenes. Estos datos duplican la cifra correspondiente al año 2023 en el mismo período.
“Esta ley no es contra los adolescentes, es contra las mafias que los usan, contra la impunidad que permite que un día disparan y al otro día están en la esquina de sus colegios delinquiendo, es una ley que protege a nuestros hijos, no que los castiga, es una ley que les manda un mensaje que todo aquel que cometa un crimen atroz, incluso si es menor de edad, deberá responder con todo el peso de la ley”, recalcó Valentina Centeno
¿Dónde cumplirán su pena?
El menor sentenciado cumplirá la medida socioeducativa en los centros de adolescentes infractores y, pasará a una prisión común en el momento en que cumpla la mayoría de edad.
Sin embargo, durante la existencia de un conflicto armado interno y en los casos de cometer delitos relacionados con el crimen organizado, el cumplimiento de la medida socioeducativa será en las cárceles, en donde se establecerán secciones especiales para los menores de edad.
Expulsión de los extranjeros
La Ley Orgánica de Integridad Pública además establece la expulsión y prohibición de retorno al territorio ecuatoriano por 40 años a los extranjeros que hayan pagado o estén cumpliendo una pena con prisión.
Inicialmente la norma estableció una prohibición de retorno de 15 años, pero, en los cambios propuestos por Andrés Castillo se extendió la medida a 40 años; además, se estableció que la expulsión se puede dar en cualquier momento, antes, durante y después de cumplir la pena.
Si el extranjero vuelve a Ecuador antes de que se cumpla el tiempo por el que fue expulsado, deberá pagar nuevamente la sentencia; para concretar la decisión no hace falta que la sentencia esté ejecutoriada.
Valentina Centeno, ponente de la norma, informó que en las cárceles del país están 1.600 personas extranjeras a las que se les aplicaría esta medida.
Sanción de por vida a los abogados
Adicionalmente, en la norma se incluyeron cambios al Código Orgánico Integral Penal (COIP) con los que se endurecen las penas para los jueces, árbitros, fiscales y abogados en libre ejercicio que incurran en el delito de prevaricato (fallo en perjuicio de una de las partes).
Los profesionales del derecho que incurran en este delito recibirán una pena privativa de libertad de siete a diez años; además quedarán inhabilitados de por vida para el desempeño de la profesión de abogado.
También se incrementa la pena, de diez a trece años de prisión y la inhabilitación de por vida, a quien haya beneficiado a integrantes de un grupo de delincuencia organizada durante el conflicto armado interno.