Mediante el decreto ejecutivo 472, el Gobierno Nacional renovó por 30 días adicionales el estado de excepción, que rige en 10 provincias y tres cantones, el jueves, 14 de agoto de 2026.
Según el decreto, la declaratoria aplicada por grave conmoción interna se mantendrán en las provincias de:
- Azuay
- Guayas
- Manabí
- Santa Elena
- Los Ríos
- El Oro
- Pichincha
- Esmeraldas
- Santo Domingo de los Tsáchilas
- Sucumbíos
Asimismo, en los cantones:
- La Maná, en la provincia de Cotopaxi
- Las Nave, en Bolívar
- La Troncal, en la provincia de Cañar
La noma se ejecutaría en los mismos términos establecidos en el Decreto Ejecutivo 423, del 16 de junio de 2026 en el que se permite el empleo e intervención de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional en todo el territorio declarado en excepción.
En el artículo 2, el decreto ejecutivo 472 dispone que la aplicación de los artículos 3, 4 y 5 del decreto 423, referentes a la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de domicilio, a la inviolabilidad de correspondencia, empleo e intervención de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional y la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito se deben ejecutar con las precisiones y limitaciones establecidas.
Decreto
Este decreto es una ampliación del decreto 423, suscrito el 16 de junio de 2026 por el presidente Daniel Noboa con el que se declaró el estado de excepción por 60 días y con el que se ordenó la intervención de las Fuerzas Armadas junto a la Policía Nacional. (I)
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