Un total de 95 listas y candidatos individuales ya fueron calificados por la Junta Provincial Electoral (JPE) de Azuay para las Elecciones Seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) 2027.
Gabriela Solano, presidenta de la JPE de Azuay, explicó que 580 listas y postulantes individuales se inscribieron en el sistema del Consejo Nacional Electoral (CNE), que permaneció habilitado hasta el 17 de agosto.
De estas inscripciones, algunas corresponden a listas, es decir, grupos de candidatos que participan de manera conjunta. Otras corresponden a postulantes individuales, que compiten por una determinada dignidad.
Solano señaló que las candidaturas calificadas todavía esperan las resoluciones del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), máxima autoridad de la justicia electoral, para quedar en firme.
Una vez que el TCE emita sus resoluciones, las candidaturas quedarán en firme y serán definitivas. Los candidatos no podrán ser reemplazados, salvo por causas excepcionales como el fallecimiento o una incapacidad absoluta sobreviniente.
Autoridades
En esta provincia se elegirán 407 autoridades: un prefecto y un viceprefecto, 15 alcaldes, 52 concejales urbanos, 33 concejales rurales y 305 vocales de Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) parroquiales.
Por otra parte, Vinicio Bermeo, director de la Delegación del Consejo Nacional Electoral (CNE) de Azuay, explicó que los funcionarios electorales hacen recorridos para detectar infracciones relacionadas con campañas fuera del período establecido.
Indicó, asimismo, que el organismo electoral monitorea los medios de comunicación y los espacios públicos de la provincia para evitar la difusión de campaña electoral anticipada.
Señaló que en Azuay se despliegan brigadas móviles por los 15 cantones y 61 parroquias rurales para controlar que no se genere publicidad electoral antes del período establecido.
Bermeo recordó que las instituciones públicas tienen prohibido utilizar recursos del Estado para difundir publicidad electoral desde la convocatoria a elecciones y durante la campaña electoral.
También señaló que está prohibida la publicidad o propaganda de las instituciones del Estado, en todos sus niveles, a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa u otros medios impresos.
El 23 de agosto terminó el plazo para que los medios de comunicación y las empresas de vallas publicitarias se registraran como proveedores para prestar servicios de promoción electoral.
La Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas establece, en su artículo 278, que realizar actos de campaña anticipada o precampaña electoral constituye una infracción electoral grave.
Esta infracción se sanciona con una multa de entre seis y 10 Salarios Básicos Unificados (SBU), además de la destitución y/o suspensión de los derechos de participación hasta por seis meses.
Si una persona difunde publicidad anticipada mediante contratación directa en medios de comunicación tradicionales o redes sociales, los proveedores también pueden ser objeto de expedientes ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Pronósticos
Mincaconsultoría Integral S.A.S., René Marcel Ramírez, ClimaSocial Estudios y Asesoramiento S.A. y Conestacomu Comunicaciones S.A. están autorizados para realizar pronósticos electorales.
De acuerdo con el CNE, los pronósticos electorales son predicciones o estimaciones sobre los resultados de una elección, basadas en datos y análisis estadísticos.
Estos pronósticos pueden realizarlos encuestadoras, personas naturales, institutos de investigación, medios de comunicación o expertos en ciencias políticas.
Entre los requisitos para que las personas naturales o jurídicas se inscriban en el CNE para realizar estas estimaciones consta la presentación de documentos que justifiquen la fuente de financiamiento.
Además, deben presentar el certificado de apoliticismo y documentos que acrediten la formación académica de la persona responsable en áreas de investigación social, mercadeo político, opinión pública o afines.
Igualmente, deben entregar el listado de profesionales, junto con documentos que acrediten al menos un año de experiencia y formación académica en las áreas de investigación social, mercadeo político, opinión pública o afines.
Las encuestadoras deberán conservar durante siete años, en originales y copias físicas, electrónicas o digitales, la documentación elaborada, producida o utilizada para realizar encuestas y pronósticos electorales.
También deberán conservar todos los programas, software, bases de datos y demás herramientas informáticas utilizadas para analizar la información y los resultados de las encuestas y pronósticos electorales difundidos.
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